El pasado miércoles 28 de febrero, se anunció la licitación internacional del Puente de Urubó Village, como parte de un Proyecto de Ley que habilita la construcción de obras en todo el Cordón Ecológico y sus municipios circundantes. Esto quiere decir que se pretende avalar la construcción de media docena de puentes, carreteras y otras obras de dominio público; atentando la integridad de un sistema ecológico de alta importancia que, además de garantizar la calidad de vida a los cruceños, nos protege contra amenazas climáticas extremas.
Para hacerlo posible, se modificarán normas de protección de nuestro Patrimonio Natural y Cultural para imponer, por encima incluso de las competencias municipales, el desmantelamiento del blindaje jurídico del río Piraí y sus servidumbres ecológicas.
¿Por qué cree usted que más de una veintena de artículos de leyes nacionales, departamentales y municipales protegen el Cordón Ecológico de Santa Cruz y específicamente dos leyes nacionales delimitan y restringen su uso para evitar ser impactado lo menos posible? ¿Será por locos?? ¿Será por qué las autoridades que a lo largo de los años aprobaron esa veintena de normas eran unos jipis abraza árboles?
Resulta que el año 1983, el Río Piraí se entró como a su casa, sin tocar la puerta, al municipio de Santa Cruz, ocasionando en cuestión de minutos incontables daños humanos, materiales y ambientales, quedando grabado en la memoria de los cruceños como un pasaje negro que nunca se quisiera volver a repetir.
Como toda tragedia, ésta en particular, nos llevó a tomar acciones preventivas para evitar que en un futuro vuelva a repetirse algo igual, es así como se foresta y reforesta el Cordón Ecológico. A nivel mundial, es natural dejar una franja ancha de árboles en la ribera de los ríos para evitar inundaciones. De esta manera, también nace el Searpi y una serie de leyes que protegen a este Cordón Ecológico que viene a ser en palabras simples un salvavidas para los cruceños en caso de una riada o inundación.
El Cordón Ecológico protegido por diversas leyes es también adoptado en los instrumentos de Planificación de la ciudad, como es el caso del PLOT 2010 donde se lo reconoce —por su vital importancia— como parte fundamental del Sub Sistema ambiental oeste, junto con el Curichi La Madre, y se restringe el crecimiento de la ciudad en esa zona.
El Cordón Ecológico del río Piraí no solo cumple la función de ser un freno para el río, sino también que frena los vientos que nos azotan del Noroeste, absorbe las partículas contaminantes y gases tóxicos, reduce la sensación térmica —el calor— y se constituye en un refugio fundamental para los animales silvestres, entre sus funciones más importantes. El Cordón Ecológico funciona como un polígono indivisible, mientras más se lo perfore, menos capacidad de brindar servicios ambientales tiene.
Por todo lo expuesto líneas arriba, ¿es acaso lógico permitir de manera irresponsable, sin estudios previos que demuestren cual es lugar adecuado para emplazarlos, sin definir técnicamente el diseño de menor impacto y mayor beneficio, sin consulta pública previa, sin armonizar con los instrumentos de Planificación vigentes, que se construyan uno, dos o más puentes que afecten nuestro Cordón Ecológico?
Es momento de pensar en crecer planificada y responsablemente.
¡Puente sí, pero no así!